OSANT | Decision 2709130

OPOSICIÓN Nº B 2 709 130

Comercial Losan S.L.U., Carretera Alcañiz, s/n, Apartado 82, 50700 Caspe (Zaragoza), España (parte oponente), representada por Sonia Alvarez López, Nuñez de Balboa, 31, 28001 Madrid, España (representante profesional)

c o n t r a

Osant Textile, Paseo de los Olmos 1, 28925 Boadilla del Monte, España (solicitante), representado por Herrero & Asociados, Cedaceros 1, 28014 Madrid, España(representante profesional).

El 12/07/2017, la División de Oposición adopta la siguiente

RESOLUCIÓN:

1.        La oposición n° B 2 709 130 se desestima en su totalidad.

2.        La parte oponente carga con las costas, que se fijan en 300 EUR.

MOTIVOS:

La parte oponente presentó una oposición contra todos los productos de la solicitud de marca de la Unión Europea nº 15 135 668. La oposición está basada en el registro de marca en la Unión Europea nº 12 162 228. La parte oponente alegó el artículo 8, apartado 1, letra  b) del RMUE.

RIESGO DE CONFUSIÓN – artículo 8, apartado 1, letra b), del RMUE

Existe riesgo de confusión si hay un riesgo de que el público pueda creer que los productos o servicios en cuestión, asumiendo que llevan las marcas correspondientes, proceden de la misma empresa o, si fuera el caso, de empresas relacionadas económicamente. La existencia del riesgo de confusión depende de la apreciación en una valoración global de varios factores interdependientes. Estos factores incluyen la similitud de los signos, la similitud de los productos o servicios, el carácter distintivo de la marca anterior, el carácter distintivo y los elementos dominantes de los signos en conflicto, y el público destinatario.

  1. Los productos y servicios

Los productos y servicios en los que se basa la oposición son los siguientes:

Clase 24: Tejidos y productos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de cama y de mesa; caminos de mesa; colchas; cortinas de materias textiles o de materias plásticas; cubrecamas y cubrepiés; edredones (cobertores rellenos de plumas); mantas de cama y de viaje; manteles; ropa de baño (con excepción de vestidos); ropa de casa; sábanas; salvamanteles; toallas de materias textiles; toallitas de tocador de materias textiles; toallitas para desmaquillar de materias textiles.

Clase 25: Prendas confeccionadas de vestir para mujer, hombre y niño; calzados (excepto ortopédicos); sombrerería; baberos que no sean de papel; bandas para la cabeza (vestimenta); albornoces; trajes de baño; gorros y sandalias de baño; boas (para llevar alrededor del cuello); ropa interior; bufandas; calzados de deporte y de playa; capuchas (para vestir); chales; cinturones (vestimenta); cinturones-monedero (ropa); corbatas; echarpes; estolas (pieles); fulares; gorros; gorras; guantes (vestimenta); impermeables; lencería interior; mantillas; medias; calcetines; pañuelos de cuello; pañales en materias textiles; pañuelos de bolsillo; pieles (para vestir); pijamas; suelas; tacones; velos (para vestir); tirantes; vestidos de papel; trajes de gimnasia y deporte; canastillas; esclavinas (para vestir); maillots; mitones; orejeras (vestimenta); pajaritas para el cuello; pareos; vestidos de playa; viseras (sombrerería); batas; pantis (medias completas o leotardos); delantales (para vestir); tocados (sombrerería); zuecos; abrigos; alpargatas; albornoces de baño; babuchas de baño; birretes (bonetes); blusas; body (ropa interior); boinas; borceguíes; botas; calzoncillos; camisas; canesúes de camisas; pecheras de camisas; camisetas; camisolas; chalecos; chaquetas; chaquetas de pescador; chaquetones; combinaciones (para vestir); combinaciones (ropa interior); vestidos confeccionados; cuellos; vestidos de cuero; vestidos de imitaciones de cuero; gorros de ducha; escarpines; faldas; forros confeccionados (partes de vestidos); gabanes (abrigos) (para vestir); gabardinas (para vestir); zapatillas de gimnasia; jerseys (para vestir); jerseys (pull-overs); jerseys (sweaters); libreas; parkas; pelerinas; pellizas; polainas (medias); prendas de punto; punto [vestidos]; ropa de gimnasia; ropa exterior; sandalias; slips; sombreros; tocas (para vestir); togas; trabillas; trajes; turbantes; vestidos; zapatillas (pantuflas); zapatos de sport.

Clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; promoción de ventas (para terceros); servicios de ayuda a la explotación de una empresa comercial en régimen de franquicia; servicios de ayuda a las funciones comerciales de un negocio consistente en la gestión de pedidos a través de redes globales de comunicación; servicios de ayuda a las funciones comerciales por medio de la expedición y administración de tarjetas de compra; servicios de venta al detalle en comercios o a través de redes globales de comunicación de tejidos y productos textiles, ropa de cama y de mesa, caminos de mesa, colchas, cortinas de materias textiles o de materias plásticas, cubrecamas y cubrepiés, edredones (cobertores rellenos de plumas), mantas de cama y de viaje, manteles, ropa de baño (con excepción de vestidos), ropa de casa, sábanas, sacos de dormir, salvamanteles, toallas de materias textiles, toallitas de tocador de materias textiles, toallitas para desmaquillar de materias textiles, prendas confeccionadas de vestir para mujer, hombre y niño, calzados (excepto ortopédicos), sombrerería, baberos que no sean de papel, bandas para la cabeza (vestimenta), albornoces, trajes de baño, gorros y sandalias de baño, boas (para llevar alrededor del cuello), ropa interior, bufandas, calzados de deporte y de playa, capuchas (para vestir), chales, cinturones (vestimenta), cinturones-monedero (ropa), corbatas, echarpes, estolas (pieles), fulares, gorros, gorras, guantes (vestimenta), impermeables, lencería interior, mantillas, medias, calcetines, pañuelos de cuello, pañales en materias textiles, pañuelos de bolsillo, pieles (para vestir), pijamas, suelas, tacones, velos (para vestir), tirantes, vestidos de papel, trajes de gimnasia y deporte, canastillas, esclavinas (para vestir), maillots, mitones, orejeras (vestimenta), pajaritas para el cuello, pareos, vestidos de playa, viseras (sombrerería), batas, pantis (medias completas o leotardos), delantales (para vestir), tocados (sombrerería), zuecos, abrigos, alpargatas, albornoces de baño, babuchas de baño, birretes (bonetes), blusas, body (ropa interior), boinas, borceguíes, botas, calzoncillos, camisas, canesúes de camisas, pecheras de camisas, camisetas, camisolas, chalecos, chaquetas, chaquetas de pescador, chaquetones, combinaciones (para vestir), combinaciones (ropa interior), vestidos confeccionados, cuellos, vestidos de cuero, vestidos de imitaciones de cuero, gorros de ducha, escarpines, faldas, forros confeccionados (partes de vestidos), gabanes (abrigos) (para vestir), gabardinas (para vestir), zapatillas de gimnasia, jerseys (para vestir), jerseys (pull-overs), jerseys (sweaters), libreas, parkas, pelerinas, pellizas, polainas (medias), prendas de punto, punto [vestidos], ropa de gimnasia, ropa exterior, sandalias, slips, sombreros, tocas (para vestir), togas, trabillas, trajes, turbantes, vestidos, zapatillas (pantuflas), zapatos de sport.

Los productos impugnados son los siguientes:

Clase 14: Instrumentos para medir el tiempo; Aparatos de cronometraje deportivos [cronómetros manuales]; Artículos de relojería; Correas de relojes hechos de metal, cuero o plástico; Correas de relojes hechas de cuero; Correas de reloj de plástico; Correas de reloj de nailon; Correas de reloj de material sintético; Correas de reloj de cloruro de polivinilo; Correas metálicas para relojes; Cronógrafos [relojes de pulsera]; Cronógrafos utilizados como relojes de pulsera o bolsillo; Cronómetros; Estuches para relojes de uso personal [presentación]; Despertadores electrónicos; Despertadores; Cronómetros manuales; Cronómetros (relojes); Relojes de pulsera de señora; Relojes de pulsera de metales preciosos o chapados con los mismos; Relojes de pulsera chapados en oro; Relojes de pulsera; Relojes de pie; Relojes de pie tipo abuelo; Relojes de pared y relojes de pulsera para colombófilos; Relojes de pared; Relojes de oro; Relojes de escritorio; Relojes de cuarzo; Relojes de bolsillo; Relojes colgantes; Relojes automáticos; Pulseras de relojes; Pulseras de reloj; Relojes digitales; Relojes de viaje; Relojes de vestir; Relojes de uso personal; Relojes de sobremesa; Relojes de repisa; Relojes de pulsera y relojes de pared; Relojes de pulsera mecánicos; Relojes de pulsera hechos de metales preciosos; Relojes y partes de los mismos; Joyería; Adornos [artículos de joyería]; Adornos de joyería; Adornos para las orejas del tipo de joyería; Adornos para vestidos del tipo de joyería; Alfileres [artículos de joyería]; Alfileres de adorno; Alfileres de corbata; Alfileres de solapa [joyería]; Alfileres de solapa de metales preciosos [artículos de joyería]; Alfileres decorativos [joyería]; Alfileres esmaltados; Amuletos [artículos de joyería]; Anillos [Joyería] hechos de metal precioso; Anillos [joyería] no de metal precioso; Anillos chapados con metales preciosos; Anillos chapados en oro; Anillos de oro; Cadena de oro cuadrada; Cadena de joyería de metales preciosos para tobilleras; Cadena de joyería de metales preciosos para collares; Cadena cordón de joyería para tobilleras; Cadena cordón de joyería para pulseras; Cadena cordón de joyería para collares; Broches decorativos [joyería]; Broches chapados en oro [joyería]; Broches [artículos de joyería]; Brazaletes y pulseras; Bisutería de bronce; Bisutería chapada con metales preciosos; Bisutería [joyas de fantasía]; Artículos semipreciosos de bisutería; Artículos de joyería de aleaciones de metales preciosos; Artículos de joyería con piedras ornamentales; Artículos de joyería chapados con metales preciosos; Artículos de joyería chapados con aleaciones de metales preciosos; Aros para perforaciones corporales; Cubiertas decorativas para gemelos; Cruces [joyería]; Collares de metales preciosos; Collares con peto; Collares [artículos de joyería]; Colgantes [joyas]; Colgantes; Cadenas engranadas de metales semipreciosos; Cadenas engranadas de metales preciosos [joyería]; Cadenas de metales preciosos; Cadenas de oro; Cadenas de joyería de metales preciosos para pulseras; Cadenas de cuerda [joyería] hechas de metal común; Cadenas chapadas en oro; Cadenas [artículos de joyería]; Joyas de ámbar amarillo; Joyas; Joyas de marfil; Gemelos y pasacorbatas; Gemelos hechos de metales preciosos con piedras semipreciosas; Gemelos de oro; Gemelos de metales preciosos con piedras preciosas; Gemelos de metales preciosos; Gemelos de imitación de oro; Gemelos chapados con metales preciosos; Gemelos; Ganchos de joyería para convertir pendientes con cierre de gancho en pendientes con cierre de clip; Joyería, incluyendo bisutería y bisutería de plástico; Joyería para adorno personal; Joyería hecha de piedras preciosas; Joyería hecha de metales preciosos; Joyería hecha de materiales semipreciosos; Joyería fabricada con piedras semipreciosas; Joyería fabricada con perlas cultivadas; Joyería fabricada con bronce; Joyería esmaltada; Joyería en forma de abalorios; Joyería de vidrio; Joyería de señora; Joyería de plata; Joyería de oro; Joyería de estaño; Joyería de cristal chapada con metales preciosos; Joyería de cristal; Joyería con piedras preciosas; Joyería con metales que no sean preciosos; Joyería con diamantes; Joyas preciosas; Joyas esmaltadas [cloisonné]; Joyas de plata de ley; Pendientes de oro; Pendientes de metales preciosos; Pendientes; Joyería personal; Joyería que contiene oro; Joyería que sea artículos de piedras preciosas; Joyería, relojes y relojes de pulsera; Medallas; Medallas chapadas con metales preciosos; Medallas de metales preciosos; Medallas de oro; Tobilleras; Sujetacorbatas; Sortijas [artículos de joyería]; Pulseras y relojes combinados; Pulseras de oro; Pulseras de metales preciosos; Pulseras con fines solidarios; Pulseras chapadas en oro; Pulseras [artículos de joyería].

Clase 18: Equipaje, bolsos, carteras y otros porta objetos; Bandoleras de cuero; Baúles [equipaje]; Baúles de viaje; Baúles y maletas; Billeteras; Bolsas; Bolsas cilíndricas; Bolsas de amuletos (omamori-ire); Bolsas de bandolera; Bolsas de cuero de viaje para ropa; Bolsas de cuero vacías para herramientas; Bolsas de deporte; Bolsas de fin de semana; Bolsas de gimnasia; Bolsas de deporte multiuso; Bolsas de mano; Bolsas de mensajero; Bolsas de recuerdos; Bolsas de tocador; Bolsas de trabajo; Bolsas de zapatos para viaje; Bolsas flexibles para la ropa; Bolsas para calzado; Bolsas para cintura y cadera; Bolsas para guardar maquillaje, llaves y otros efectos personales; Bolsas para la compra de cuero; Bolsas para libros; Bolsas para llevar ropa; Bolsas pequeñas para caballero; Bolsas y carteras de piel; Bolsitos; Bolsones; Bolsitas portallaves; Bolsos de cuero; Bolsos de fin de semana; Bolsos de mano; Bolsos de mano para caballero; Bolsos de mano para señora; Bolsos de mano pequeños; Bolsos de mano sin asas; Bolsos de noche; Bolsos de punto, no de metales preciosos; Bolsos de viaje; Bolsos de tela; Bolsos multiuso; Bolsos para avión; Bolsos para colgar al hombro; Bolsos tipo Boston; Bolsos, monederos y carteras de bolsillo; Cartera [monedero] de metales preciosos; Carteras (billeteras) con tarjeteros; Carteras [marroquinería]; Carteras de cuero para tarjetas de crédito; Carteras de mano; Carteras para llaves; Carteras para tarjetas [artículos de marroquinería]; Fundas para tarjetas de crédito; Fundas para permiso de conducir; Fundas para folios; Fundas para abonos de transporte; Fundas de viaje para prendas de vestir; Fundas de llaves de cuero; Fundas de billetes de banco; Etiquetas para equipaje [marroquinería]; Estuches vacíos para cosméticos; Estuches para tarjetas de crédito [carteras]; Estuches para llevar documentos; Estuches para corbatas; Estuches de viaje para corbatas; Estuches de viaje [artículos de marroquinería]; Estuches de tocador vacíos; Estuches para artículos de tocador; Estuches de cuero para tarjetas de crédito; Escarcelas; Equipajes; Equipaje para viajar; Equipaje de viaje; Correas para bolsos; Correas de equipajes; Carteras que no sean de metales preciosos; Fundas para tarjetas de crédito hechas de imitaciones de cuero; Fundas para tarjetas de visita; Llaveros de cuero y piel; Llaveros de imitación de cuero; Maletas; Maletas con ruedas; Maletas de cuero; Maletas de fin de semana; Maletas de mano; Maletas de viaje; Maletas pequeñas; Maletines; Maletines abisagrados de doble compartimento (tipo Gladstone); Maletines para documentos; Maletines para documentos [maletines de ejecutivo]; Maletines para ejecutivos; Maletines plegables; Maletines y portadocumentos; Mochilas; Mochilas de deporte; Mochilas de uso diario; Mochilas pequeñas; Mochilas portabebés de cuero; Monederos; Monederos de cuero; Monederos de malla; Monederos pequeños; Monederos que no sean de metales preciosos; Morrales; Neceseres de cosméticos; Portadocumentos; Portafolios de arte [carteras]; Portallaves en forma de cajas; Portamonedas; Portatrajes; Portatrajes, fundas para camisas y fundas para vestidos; Sets de viaje; Sacos de lona; Sets de viaje [marroquinería]; Sombrereras de cuero; Sombrereras de viaje; Tarjeteros [carteras]; Soportes para etiquetas de equipaje; Paraguas y sombrillas; Bastones de paraguas; Bolsas para paraguas; Fundas de paraguas; Bastones y paraguas combinados; Paraguas; Paraguas tipo telescopio; Puños de paraguas; Sombrillas; Sombrillas para terrazas.

Clase 25: Artículos de sombrerería; Artículos de sombrerería en cuero; Boinas; Boinas de lana; Capuchas; Cintas para abrigar las orejas; Cintas para la cabeza; Gorras; Gorras de béisbol; Gorras de deporte; Gorras de plato; Gorras de punto; Gorras de visera; Gorras planas; Gorros de esquiar; Mantillas; Pañuelos cuadrados para la cabeza; Sombreros; Sombreros con borlas; Sombreros de ala ancha; Sombreros de moda; Sombreros de lana; Sombreros de piel; Sombreros de playa; Sombreros de señora; Sombreros fedora; Sombreros para la lluvia; Sombreros para el sol; Sombreros pequeños; Tocados [velos]; Tocados de fiesta; Turbantes; Velos; Viseras; Viseras [artículos de sombrerería]; Viseras para el sol; Viseras para el sol [artículos de sombrerería]; Viseras para gorras; Calzado; Babuchas y sandalias de mujer (mules); Botas; Alpargatas; Botas con cordones; Botas de descanso; Botas de invierno; Botas de media pierna; Botas de señora; Botines; Calzado de caballero; Calzado de playa; Calzado de señora; Calzado informal; Manoletinas [calzado]; Chanclas; Chanclos de goma; Calzas y polainas; Calzados [a excepción de los calzados ortopédicos]; Sandalias de baño; Sandalias; Zapatillas de cuero; Zapatillas; Zapatos sin cordones; Zapatos planos; Zapatos informales; Zapatos de vestir; Zapatos de cuero; Prendas de vestir; Abrigos; Abrigos cortos; Abrigos de algodón; Abrigos de invierno; Abrigos de noche; Abrigos de piel de oveja; Abrigos de tela vaquera [denim]; Abrigos gruesos; Abrigos para hombre; Abrigos para señora; Abrigos y chaquetas de piel; Artículos para llevar en el cuello; Bañador (pantalón corto); Bañadores ajustados que tienen copas de sujetador; Blusones; Blusas de tirantes; Blusas de espalda descubierta; Blusas; Blazers; Biquinis; Bermudas; Bandanas [pañuelos para el cuello]; Caftanes; Calcetines; Calcetines antitranspirantes; Bustiers; Bufandas de seda; Bufandas de cuellos; Bufandas de cachemira; Bufandas [vestidos]; Bragas altas tipo shorty [ropa interior]; Bragas tipo short; Bragas; Boxers [calzoncillos]; Bombachos; Bombachas de gaucho; Bombachas; Bodis [ropa interior]; Bodys [prendas de vestir]; Boas [bufandas]; Calzones de baño; Calzoncillos; Calzas [leggings]; Calcetines y medias; Calcetines largos; Calcetines de caballero; Camisas tejidas; Camisas y pantalones cortos a juego (lencería); Camisas para trajes; Camisas de vestir; Camisas de punto; Camisas de cuello abierto; Camisas con cuello; Camisas con botones; Camisas; Camisetas de deporte; Camisetas [de manga corta]; Camisetas de manga corta; Camisetas de manga corta o manga larga; Camisetas de tirantes; Camisetas largas; Camisetas ombligueras; Camisolas; Camisones; Canesúes de camisa; Capas; Chalecos de viento; Chalecos de plumón; Chalecos de forro polar; Chalecos de cuero; Chalecos acolchados; Chalecos; Chaleco; Cazadoras tipo bomber; Casullas; Capuchas [ropa]; Capuchas; Capotes; Capas de piel; Chándales; Chándales de nailon; Chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; Chaquetas de piel; Chaquetas de motociclismo; Chaquetas de forro polar; Chaquetas de cuero; Chaquetas de ante; Chaquetas con mangas; Chaquetas acolchadas [prendas de vestir]; Chaquetas; Chales y pañuelos de cabeza; Chales y estolas; Chales [sólo de punto]; Chales; Chalecos térmicos acolchados; Cinturones; Chubasqueros; Chubasqueros [ropa]; Chaquetones; Chaquetillas; Chaquetas vaqueras; Chaquetas sudadera; Chaquetas tipo leñador; Chaquetas sin mangas; Chaquetas reversibles; Chaquetas reflectantes; Chaquetas que son prendas de vestir de deporte; Chaquetas para snowboard; Chaquetas largas; Chaquetas heavy; Chaquetas de traje; Chaquetas deportivas; Chaquetas de punto; Chaquetas de plumas; Cuellos para vestidos; Cuellos postizos; Cuellos de prendas de vestir; Cuellos; Cubrecuellos; Cortavientos; Corsés; Corseletes; Corbatas pañuelo [Ascots]; Corbatas de seda; Corbatas; Corbatas de cordón; Conjuntos de vestir; Conjunto de dos piezas (twin sets); Combinaciones [ropa interior]; Cinturones monedero [prendas de vestir]; Cinturones de materias textiles [prendas de vestir]; Cinturones de cuero; Cinturones confeccionados en tela; Cinturones [prendas de vestir]; Culotes de tirantes; Gorros y gorras para deportes; Gabardinas [prendas de vestir]; Gabardinas; Gabanes; Fulares [prendas de vestir]; Fulares; Forros para chaquetas; Forros confeccionados [partes de prendas de vestir]; Faldas short; Faldas plisadas para quimonos formales (Hakama); Faldas pantalón; Faldas; Fajas para nudos obi (Obiage-shin); Estolas [pieles]; Estolas; Juegos de top y culote [ropa]; Jerséis tejidos con lana; Jerséis sin mangas; Jerséis sin manga; Jerséis de manga larga; Jerséis de cuello alto falso; Jerséis cortaviento; Jerseys [prendas de vestir]; Impermeables cruzados; Guardapolvos; Guantes para conducir; Guantes incluyendo los de piel, pellejo o cuero; Guantes de punto; Guantes de motociclista; Guantes de invierno; Guantes de equitación; Guantes [prendas de vestir]; Medias; Mantones; Mallas [prendas de calcetería]; Mallas; Maillots; Ligueros; Levitas; Leotardos; Lencería femenina; Lencería; Pantalones cortos; Pantalones cortaviento; Pantalones bombachos; Pantalones acolchados de deporte; Pantalon corto; Pajaritas; Monos de vestir; Monos cortos [ropa]; Monos cortos [prendas de vestir]; Mitones; Medias-calcetín; Medias sin pie; Medias de lana; Medias cortas; Pantalones de vestir; Pantalones de pana; Pantalones de pirata; Pantalones de estilo militar; Pantalones de deporte; Pantalones de cuero; Pantalones de camuflaje; Pantalones de calentamiento; Pantalones cortos de tenis; Pantalones cortos tipo chándal; Pantalones cortos de gimnasia; Pantalones cortos de chándal; Pantalones cortos de baño; Pañuelos para los hombros; Pañuelos de cuello de caballero; Pañuelos de cuello; Pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; Pañuelos cuadrados para la cabeza; Pañuelos [ropa]; Partes inferiores de pijamas; Parkas; Pareos; Pantis; Pantalones vaqueros; Pantalones pirata de mujer; Pantalones para estar por casa; Pantalones ligeros; Pantalones largos; Pantalones informales; Pantalones impermeables; Pantalones elásticos; Pantalones de yoga; Prendas de noche; Prendas de corsetería; Ponchos para la lluvia; Ponchos; Polos de punto; Polos; Pololos; Polainas; Polainas (prendas de vestir); Pijamas [sólo de punto]; Pijamas; Pieles [prendas de vestir]; Pichis; Picardías [pijamas]; Petos de caza; Petos cortos; Puños [prendas de vestir]; Pulóveres; Protectores para cuellos de prendas de vestir; Prendas superiores de cuello alto; Prendas para cubrir trajes de baño; Prendas interiores de cuerpo entero; Prendas inferiores [ropa]; Prendas de vestir tejidas; Prendas de vestir de piel; Prendas de vestir de lino; Prendas de vestir de cuero para motoristas; Prendas de punto; Prendas de tela vaquera [ropa]; Prendas de vestir cortaviento; Ropa de lana; Ropa de hombre; Ropa de felpa; Ropa de etiqueta; Ropa de deporte; Ropa de cuero; Ropa de cuero de imitación; Ropa de confección; Ropa de cachemira; Ropa de agua para navegar; Ropa con aislamiento térmico; Rebecas; Ropa interior de mujer; Ropa interior de hombre; Ropa informal; Ropa hecha de piel; Ropa exterior de señora; Ropa exterior de caballero; Ropa exterior; Ropa de seda; Ropa de playa; Ropa de mujer; Ropa de lluvia; Sobrepantalones; Sobrecamisas; Slips; Shorts; Shorts de surf; Saltos de cama [picardías]; Ropa para exteriores impermeable; Ropa para estar en casa; Ropa para chico; Ropa para automovilistas; Tocados [velos]; Tirantes de sostenes; Tirantes; Tangas; Suéteres sin mangas [ropa]; Suéteres de cuello redondo; Suéteres de cuello alto falso; Suéteres de cuello alto; Suéteres con cuello en V; Suéteres [polos]; Suéteres; Suspensorios [lencería]; Sujetadores sin aros; Sujetadores; Sujetadores bandeau [ropa interior]; Sujetador sin tirantes; Sudaderas con capucha; Sudaderas; Trajes de falda; Trajes de espaldas y pantalones anchos [trajes zoot]; Trajes de cuero; Trajes de chaqueta informales; Trajes de baño para señora; Trajes de baño para caballero y señora; Trajes de baño para caballeros; Trajes de baño [bañadores]; Trabillas de pie para pantalones; Tops tipo tubo; Tops de chándal; Toquillas [prendas de vestir]; Tops con capucha; Tops [ropa]; Tops (camisetas); Trajes secos; Trajes para hombres; Trajes pantalón; Trajes de una pieza; Trajes de tres piezas [ropa]; Trajes de noche; Trajes de neopreno; Trajes de mujeres; Vestidos de fiesta; Vestidos; Tutús; Trencas; Zamarras; Vestidos para mujeres; Vestidos veraniegos sin mangas para señora; Vestidos de tubo.

Algunos de los productos impugnados son idénticos a los productos en los que se basa la oposición. Por motivos de economía procesal, la División de Oposición no llevará a cabo una comparación exhaustiva de los enumerados arriba. El examen de la oposición se realizará como si todos los productos impugnados fueran idénticos a los cubiertos por la marca anterior.

  1. Público destinatario – grado de atención

Se supone que el consumidor medio de la categoría de productos considerada es un consumidor normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz. Procede, igualmente, tomar en consideración el hecho de que el nivel de atención del consumidor medio puede variar en función de la categoría de productos o servicios contemplada.

En el presente caso, los productos considerados idénticos están dirigidos al público en general, así como a clientes empresariales con conocimientos o experiencia profesional específicos por ser éstos también en parte productos especializados tales como joyas.

El grado de atención puede oscilar de medio a alto, en función del carácter especializado de los productos, la frecuencia de la compra y el precio. En el caso que nos ocupa existen productos como los arriba mencionados que por su uso y precio elevado pueden resaltarse por un grado de atención más bien alto. No es el caso, por ejemplo, de los productos de las clases 24 y 25 cuyo coste es generalmente menor y es consumido más frecuentemente por el público general.

  1. Los signos

Image representing the Mark

OSANT

Marca anterior

Marca impugnada

El territorio de referencia es la Unión Europea.

Por lo que se refiere a la similitud gráfica, fonética o conceptual de las marcas en conflicto, esta apreciación global debe basarse en la impresión de conjunto producida por las marcas, teniendo en cuenta, en particular, sus elementos distintivos y dominantes (11/11/1997, C251/95, Sabèl, EU:C:1997:528, § 23).

La marca anterior es una marca figurativa formada por  un cuadrado de colores azul, rojo, naranja y verde, ligeramente inclinado, y seguido de las letras “LOSAN” también inscritas en los colores mencionados más el rosa en su última letra. Todo ello tal y como consta en el gráfico arriba expuesto. Ninguno de los elementos integrantes de la marca contiene significado alguno en el territorio de referencia. Tampoco se destacan elementos más dominantes que otros por encontrarse tanto el gráfico como la parte denominativa integrada a partes y tamaños iguales.

 

El signo impugnado viene integrado por el término “OSANT” también carente de significado en el territorio de referencia.

Conceptualmente, ninguno de los signos tiene significado alguno para el público del territorio de referencia. Dado que no es posible comparar las marcas conceptualmente, el aspecto conceptual carece de relevancia a efectos de la evaluación de la similitud entre los signos.

Visualmente, sin embargo, las marcas a pesar de compartir las letras “(-)osan(-)”, la División de Oposición concluye que son diferentes desde este punto de vista. Los elementos figurativos y colores de la marca anterior marcan la diferencia comparada con la marca contestada. Además sus comienzos y finales son diferentes. Las marcas son visualmente disimilares.

Fonéticamente, los signos coinciden en la reproducción de las letras “(-)osan(-)” acompañadas por una letra inicial (marca anterior) y otra final (marca contestada) diferente. Teniendo en cuenta que parte del elemento verbal de la marca anterior coincide con parte del elemento verbal de la marca contestada, se puede concluir que los signos son sólo similares en un bajo grado desde la perspectiva fonética.

Dado que se ha determinado que los signos son similares en algunos de sus aspectos, si bien en bajo grado, se proseguirá con el examen del riesgo de confusión.

  1. Carácter distintivo de la marca anterior

El carácter distintivo de la marca anterior es uno de los factores que se debe tener en consideración en la apreciación global del riesgo de confusión.

El oponente no ha reivindicado, de manera explícita, que su marca tuviera un carácter distintivo particular en virtud de un amplio uso o reputación.

En consecuencia, la apreciación del carácter distintivo de la marca anterior estará basada en su carácter distintivo intrínseco. En el presente caso, la marca anterior, en su totalidad, no tiene significado en relación con ninguno de los productos y servicios en cuestión desde la perspectiva del público del territorio correspondiente. Por tanto, el carácter distintivo de la marca anterior debe considerarse normal.

  1. Apreciación global, otros argumentos y conclusión

El Tribunal ha declarado que el riesgo de confusión debe apreciarse globalmente, teniendo en cuenta todos los factores del supuesto concreto que sean pertinentes, cuya apreciación depende de numerosos factores y, en particular, del conocimiento de la marca en el mercado, de la asociación que pueda hacerse de ella con el signo utilizado o registrado, del grado de similitud entre la marca y el signo y entre los productos o servicios designados (11/11/1997, C-251/95, Sabèl, EU:C:1997:528, § 22).

El examen de la oposición se ha realizado como si todos los productos impugnados fueran idénticos a los productos cubiertos por la marca anterior y el grado de atención puede oscilar de medio a alto.

Las marcas son visualmente diferente y fonéticamente similares en un bajo grado. El aspecto conceptual carece de relevancia a efectos de la evaluación de la similitud entre los signos

En consecuencia, la División de Oposición considera que las similitudes existentes entre los signos, limitadas en bajo grado, no son suficientes para contrarrestar las diferencias entre los mismos.

En vista de todo lo anterior, e incluso sobre la base de identidad de algunos de los productos en conflicto, no existe riesgo de confusión entre el público. En consecuencia, procede desestimarse la oposición.

COSTAS

De acuerdo con el artículo 85, apartado 1, del RMUE, recaerán en la parte vencida en un procedimiento de oposición las tasas sufragadas por la otra parte, así como todos los gastos sufragados por la misma.

Puesto que la parte oponente es la parte vencida, deberá sufragar los gastos en los que haya incurrido la otra parte en el presente procedimiento.

Con arreglo a la regla 94, apartado 3, y la regla 94, apartado 7, letra d), inciso ii), del REMUE, los gastos que deberán pagarse al solicitante son los gastos de representación, que se establecerán en función de la tasa máxima que figura en dichas disposiciones.

La División de Oposición

Chantal VAN RIEL

Inés GARCÍA LLEDÓ

Saida CRABBE

De conformidad con el artículo 59 del RMUE, las resoluciones dictadas en un procedimiento serán recurribles por cualquiera de las partes cuyas pretensiones hayan sido desestimadas. De conformidad con el artículo 60 del RMUE, el recurso deberá interponerse por escrito ante la Oficina en un plazo de dos meses a partir del día de la notificación de la resolución. Se interpondrá en la lengua del procedimiento en el que se haya adoptado la resolución objeto de recurso. Asimismo, deberá presentarse un escrito en el que se expongan los motivos del recurso en un plazo de cuatro meses a partir de la misma fecha. Solo se considerará interpuesto el recurso una vez que se haya pagado la tasa de recurso (720 EUR).

El importe determinado en la fijación de costas solo puede ser revisado a instancia de parte y mediante una resolución de la División de Oposición. Según la regla 94, apartado 4, del REMUE, dicha petición deberá presentarse en la Oficina en el plazo de un mes a partir de la fecha de notificación de la fijación de costas y no se considerará presentada hasta que no se haya pagado la tasa de revisión de la fijación de costas de 100 EUR (anexo I, parte A, apartado 33, del RMUE).

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